Contido non dispoñible en galego
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia
En los Autos de concurso voluntario abreviado núm 247/09-M, seguidos contra Confecmila, S.L.U. se ha dictado en fecha 27-09-11 auto de conclusión y archivo cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor que sigue:
Dispongo:
Declarar la conclusión del concurso abreviado de Confecmila, S.L.U. por inexistencia de bienes y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos:
1.-Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
2.-El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3.-Procederá la extinción de la entidad Confecmila, S.L.U. y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil correspondiente.
La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE.
Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.
Así lo acuerda manda y firma SS; doy fe.
Y, para que sirva de notificación a todos los interesados, se expide el presente en
A Coruña, 27 de septiembre de 2011.- El Secretario.
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