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Documento BOE-B-2011-3393

Anuncio de Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre notificación de resoluciones sancionadoras y liquidaciones practicadas.

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2011, páginas 9519 a 9521 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2011-3393

TEXTO

Al no haber sido posible la notificación a los correspondientes interesados por desconocer el domicilio de los mismos o porque intentada la notificación, ésta no se ha podido practicar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifican a los mismos las resoluciones y las liquidaciones practicadas que al final de este anuncio se relacionan y relativas a los expedientes, conceptos y ejercicios que asimismo se indican.

Dichas resoluciones, así como las liquidaciones, podrán ser solicitadas, en este Organismo, para lo cual deberán ponerse en contacto, con el Servicio de Gestión de Ingresos, personal o telefónicamente (Teléfono: 924.21.21.00) de donde podrán ser retiradas.

Lugar y forma de pago: En efectivo en la cuenta n.º 0049-6744-41-2816150252, a través de cualquier sucursal de la entidad Santander Central Hispano, mediante la presentación de los documentos que se le remitirán previa petición de los mismos.

Plazo para efectuar el ingreso: Artículo 339 del Real Decreto 8949/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y artículo 62.2 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, del 17 de diciembre):

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera habil, hasta el inmediato hábil siguiente

Los vencimientos que coincidan con el día de la semana "sabado" se considerarán trasladados al primer día hábil siguiente.

Consecuencias de la falta de ingreso: El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo y la exigencia de los recargos e intereses de demora que correspondan a través del procedimiento de apremio, en los términos de los artículos 161 y siguientes de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, del 17 de diciembre).

Si el sujeto obligado fuese una Entidad Pública, el vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo y la exigencia de los intereses de demora que correspondan a través del procedimiento de compensación de oficio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14 de la Ley General Presupuestaria (Ley 47/2003, de 26 de noviembre) y 73 y 74 de la Ley General Tributaria (58/2003, de 17 de diciembre).

Recursos:

a) Para los expedientes sancionadores, las resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Cotencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con jurisdicción sobre el lugar de su domicilio o ante el de Extremadura, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación. Asimismo, podrá interponerse, previamente y de forma potestiva, recurso de Reposición ante el órgano que dictó la Resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.

Ambos procesos impugnatorios no podrán simultanearse, advirtiéndole que la interposición de los mismos no suspenderá la ejecución del acto de liquidación ni el ingreso de su importe, salvo que en el recurso se solicite la suspensión del acto, de conformidad con lo establecido en el artículo 337 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

b) Para el resto de expedientes podrá interponerse recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el dia siguiente a la notificación de la misma, sin que puedan simultanearse ambos recursos.

En el caso de reclamaciones económico.administrativas, éstas serán remitidas al Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura como órgano competente para su tramitación y resolución.

El procedimiento recaudatorio sólo se suspenderá si, en el momento de la interposición del recurso de reposición o de la reclamación económico-administrativa, se garantiza el pago de la deuda en los términos y condiciones señalados en los artículos 224 y 233 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, así como en la normativa reglamentaria de desarrollo de la misma.

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADIANA DEUDAS NO TRIBUTARIAS ENVIO: 44
NIF TITULAR APELLIDOS/NOMBRE TITULAR CONCEPTO EXPEDIENTE CODIGO LIQ.
B85668770 ALIMENTACIONES CLEPSIDRA, S.L.U. 26 - Sanciones CHG 2010135898
05678129G AMARANTO SALCEDO BARREDA ANTONIO 13 - Indemnizaciones 2010138241
05678129G AMARANTO SALCEDO BARREDA ANTONIO 26 - Sanciones CHG 2010135694
B10187292 ARIDOS GILETE E HIJOS S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138269
B10187292 ARIDOS GILETE E HIJOS S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135788
04555234S CARRION IZQUIERDO ANDRES 26 - Sanciones CHG 2010135682
20262716S CLEMARES GOMEZ JORGE 26 - Sanciones CHG 2010135705
E13047048 COMUNIDAD DE BIENES HUMAN C.B 26 - Sanciones CHG 2010136006
E13047048 COMUNIDAD DE BIENES HUMAN C.B 13 - Indemnizaciones 2010138357
B82207903 CORNEZUELOS DE LA MANCHA, S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138252
B82207903 CORNEZUELOS DE LA MANCHA, S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135738
08816845W DONCEL GARCIA JOSE MARIA 26 - Sanciones CHG 2010135663
B84221324 EL CORCHUELO, S.L. 19 - Otros deudores 201011906
B02039386 EL ROBLEDAL DE ALCARAZ, S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138278
B02039386 EL ROBLEDAL DE ALCARAZ, S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135810
50283095N FONTES GARNICA PALOMA 26 - Sanciones CHG 2010135717
08848323Q FORNIER MALDONADO JUAN FERNANDO 26 - Sanciones CHG 2010135836
02460543A GARCIA GONZALEZ LUIS 26 - Sanciones CHG 2010135730
52962119L GONZALEZ CERRO HILARIO 26 - Sanciones CHG 2010135769
05901737Y MATA OVEJERO JUAN JOSE 26 - Sanciones CHG 2010135848
70577434W MORENO ALARCON JOSE MANUEL 13 - Indemnizaciones 2010138237
70577434W MORENO ALARCON JOSE MANUEL 26 - Sanciones CHG 2010135673
A79132353 ONCEDISA, S. A. 26 - Sanciones CHG 2010135982
46858649J PALACIOS AGUDO FELIX 26 - Sanciones CHG 2010135756
01503956D PONS RUBIO RAMON 26 - Sanciones CHG 2010135693
B13382783 PROURMAN, S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138248
B13382783 PROURMAN, S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135677
B13382783 PROURMAN, S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138240
B13382783 PROURMAN, S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135701
02867584J RIVERA MARON DOMINGO 26 - Sanciones CHG 2010135825
02867584J RIVERA MARON DOMINGO 13 - Indemnizaciones 2010138291
B13146600 ROECO INOX, S.L. 13 - Indemnizaciones 2010138298
B13146600 ROECO INOX, S.L. 26 - Sanciones CHG 2010135833
A28598225 RUSTICA EL ACEBUCHAL, S. A. 26 - Sanciones CHG 2010135736
A28598225 RUSTICA EL ACEBUCHAL, S. A. 13 - Indemnizaciones 2010138250
F13150792 S.A.T. BOLOTE 26 - Sanciones CHG 2010136003
F13150792 S.A.T. BOLOTE 13 - Indemnizaciones 2010138355
52231298T SANCHEZ ORDOÑEZ ENRIQUE 26 - Sanciones CHG 2010135707
08631713C SANTOS NAVIA JUAN 26 - Sanciones CHG 2010135946
457965286 SMITH MICHAEL DAVID 26 - Sanciones CHG 2010135760
X7050200X SPATARU MARIAN 26 - Sanciones CHG 2010135942
B83503524 VEGA DEL ZANCARA, S.L.U. 26 - Sanciones CHG 2010135816
B83503524 VEGA DEL ZANCARA, S.L.U. 13 - Indemnizaciones 2010138316
B83503524 VEGA DEL ZANCARA, S.L.U. 13 - Indemnizaciones 2010138284
B83503524 VEGA DEL ZANCARA, S.L.U. 26 - Sanciones CHG 2010135872
108934526 WESTON MICHAEL ANDREW 26 - Sanciones CHG 2010135761

Badajoz, 28 de enero de 2011.- El Secretario General, Manuel Cobo Sánchez.

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