Yo, José María Gómez-Oliveros Sánchez de Rivera, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Castilla y León, con residencia en Burgos,
Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Burgos, Plaza de España número 3, 3.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada: Finca urbana sita en Burgos, vivienda del piso segundo, mano derecha, señada con el número 6, sita en la calle de Sedano, número 11.Tiene una superficie de setenta metros cuadrados. Consta de cuatro habitaciones, cocina, cuarto de aseo y despensa. Linda: de frente o norte, en línea de ocho metros y veinte centímetros, con calle de Sedano y en línea de un metro y sesenta centímetros con la vivienda centro; al fondo o sur, en línea de cuatro metros y cuarenta centímetros, con patio de la casa y en línea de cuatro metros y cuarenta centímetros con caja de escalera; izquierda o este, en línea de ocho metros y cinco centímetros, con casa número 9 de la calle de Sedano; y al oeste, en línea de ocho metros y cinco centímetros, con vivienda centro de la misma casa. Cuota: Le corresponde una cuota de participación de 5,75 por ciento, sobre el total del inmueble. Inscripción: Está inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Burgos al tomo 3.856, libro 561, folio 102, finca registral 39.485, inscripción 2.ª a 4.ª
Procediendo la subasta de la finca se hacen saber sus condiciones:
1. Se señala la primera subasta para el día 1 de diciembre de 2011, a las 12,00 horas; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda, para el día 3 de enero de 2012, a las 12,00 horas; y la tercera subasta para el día 1 de febrero de 2012, a las 12,00 horas; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 10 de febrero, a las 12,00 horas.
2. Todas las subastas se celebrarán en mi despacho profesional, en la Plaza de España, número 3, 3.º, de Burgos.
3. El tipo para la primera subasta es de doscientos tres mil veintitrés euros y ochenta céntimos (203.023,80 euros); para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
4. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi Notaría, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas; se entenderá que todo licitador acepa como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5. Los licitadores deberán consignar previamente, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta y en la tercera un 20 por ciento del tipo de la segunda, debiendo acreditar dicho ingreso con el correspondiente justificante de dicha entidad bancaria. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Burgos, 26 de octubre de 2011.- Notario.
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