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Documento BOE-B-2011-35623

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 4 de noviembre de 2011, páginas 95314 a 95314 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-35623

TEXTO

Edicto.

Doña M.ª Begoña Ozamiz Bageneta, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración concurso 0000265/2011 se ha dictado a instancias de "Especialistas Agrupados, S.L.", con CIF B-47428560, en fecha 7/10/2011, auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Especialistas Agrupados, S.L.", cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, calle Plata, 22-C.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador concursal, mediante su autorización.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 19 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

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