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Documento BOE-B-2011-35943

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 268, de 7 de noviembre de 2011, páginas 95767 a 95767 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-35943

TEXTO

Don José Tronchoni Albert, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número Concurso 134/2011-R, se ha acordado a instancias de Pedreira Santo Domingo, S.L., en fecha 5 de octubre de 2011 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor a Pedreira Santo Domingo, S.L., con CIF B-36272516, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 190 del libro 1854 de Sociedades, inscripción primera de la Hoja número PO-18156 y domicilio social en Polígono de Castiñeiras, número 115, 36939 de Bueu.

Segundo.-Se ha acordado la Intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si que invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 5 de octubre de 2011.- El Secretario judicial.

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