Edicto.
Cédula de Notificación.
En el procedimiento de concurso nº 556/2009 se ha dictado Auto, que tiene el carácter de firme y que es del tenor literal siguiente:
"Auto
Ilmo. Sr.
D. Luis Sanz Acosta.
En Salamanca a veintisiete de Diciembre de dos mil diez.
Hechos:
Primero.-En los presentes autos de concurso voluntario seguidos en este Juzgado de lo Mercantil con el nº 556/2009, del deudor Don Benito de Miguel Manzano, se dictó con fecha 15 de marzo de 2010, sentencia aprobando el convenio aceptado en Junta de Acreedores celebrada el día 11 de febrero de2010.
Segundo.- En cumplimiento de lo establecido en el convenio, por el concursado se fueron cumpliendo todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el mismo, según informa en el escrito presentado con fecha 4 de noviembre de 2010 en el que solicita la declaración judicial del convenio, al amparo de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Concursal.
Tercero.- Admitido a trámite el referido escrito junto con el informe y la solicitud se acordó poner de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el informe y la solicitud.
Razonamientos Jurídicos:
Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Concursal, el deudor, una vez estime íntegramente cumplido el convenio, presentará al Juez del concurso el informe correspondiente con la justificación adecuada y solicitará la declaración judicial de cumplimiento. El Secretario acordará poner de manifiesto en la Oficina Judicial el informe y la solicitud. Transcurridos quince días desde la puesta de manifiesto, el juez, si estimaré cumplido el convenio, lo declarará mediante auto, al que dará la misma publicidad que a su aprobación.
Parte Dispositiva
En atención a lo expuesto por S. S.ª Acuerda:
Declarar íntegramente cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 15 de marzo de 2010.
Firme la presente resolución hágase pública por medio de edictos que se publicarán en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Civil Peromingo (Salamanca), para constancia en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado.
Líbrese oficio al Decanato de los Juzgados de Salamanca para que a su vez comunique el Auto dictado a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Salamanca.
Entréguense los despachos librados a la procuradora del concursado Sra. Martín San Pablo, para que cuide de su diligenciado.
Notifíquese la presente resolución al concursado y a las partes personadas.
Modo de Impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, debiendo interponerse en el plazo de cinco días desde la notificación, y constituir el depósito que establece la D.A. 15ª de la LOPJ.
Así por este Auto, lo dispongo, mando y firmo. Doy fe.
El Magistrado-Juez El Secretario".
Salamanca, 14 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.
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