Doña Lucía Peces Gomez, Secretaria judicial, de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz,
Anuncia: Que en el concurso abreviado voluntario 98/2010, referente al concursado MONTESUR FOMENTO DE CONSTRUCCIONES, S.L., con C.I.F. B-21407143, por auto de fecha 29 de julio de 2011, se ha acordado lo siguiente:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 31 de mayo de 2011, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 27 de septiembre de 2011.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil MONTESUR FOMENTO DE CONSTRUCCIONES, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, y fijarlo en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Badajoz, 29 de julio de 2011.- La Secretaria Judicial.
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