Por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 8/5334/09 a instancia de Fatna Hattiti se ha dictado la siguiente resolución "Dada cuenta; el oficio procedente de la Sección Primera de la Sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, únase; y visto el dictámen de la Comisión de Asistencia Jurídico Gratuíta, y, dado que la referida Comisión con fecha 19 de enero de 2010, consideró insostenible la pretensión casacional, hágase saber a la recurrente doña Fatna Hattiti, que puede interponer recurso de casación, disponiendo del plazo de treinta días, siempre que lo haga mediante Procurador debidamente apoderado y asistida de Letrado, bajo apercibimiento de archivo del recurso preparado en su día contra la sentencia de fecha 26 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sección primera, en el recurso núm. 707/07."
Madrid, 11 de febrero de 2011.- Secretaria Judicial.
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