Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1.017/2010, por auto de 14 de febrero de 2011 se ha declarado en concurso necesario ordinario a la deudora "Grupo Gedeco Avantis, S.L.", con CIF: B- 83437749, con domicilio en calle Marie Curie, n.º 5-7, edificio "Alfa", planta 7.ª, Rivas Vaciamadrid (Madrid) y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio.
2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4.º Llamamiento a los acreedores: Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación prevista en el art. 23 de la LC; de la comunicación que a tal efecto les dirigirá la administración concursal y únicamente en defecto de tal comunicación directa el cómputo del plazo se hará desde la publicación de este auto de declaración del concurso.
Lugar para tal comunicación: 1) por correo ordinario a la dirección: "Administración concursal del concurso de "Grupo Gedeco Avantis, S.L.", oficina: Plaza de Castilla, n.º 3, 18-A, 28046 Madrid; 2) o mediante el correo electrónico a la dirección: acreedores@concursogedeco.info, a la que se acompañará la documentación del crédito escaneada en soporte pdf, o remitida luego por correo ordinario a aquella dirección.
Deberá presentarse mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).
Madrid, 14 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
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