No habiendo surtido efecto los dos intentos de notificación en el domicilio conocido de conocido de don Alfonso Martínez Luengas Gil, se procede a notificar conforme prevé el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Director del Parque Nacional de los Picos de Europa resuelve imponer una multa de quinientos euros (500 €) por la infracción del artículo 10 apartado 4,a) de la Ley 16/1995 de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa, tipificada como leve en el mismo artículo. El importe de la sanción deberá hacerse efectivo mediante ingreso en la cuenta número 9000-0001-20-020-341-300-6 que a nombre del Organismo Autónomo de Parques Nacionales. Si la presente resolución se le ha notificado entre los días 1 y 15 de cada mes, tendrá de plazo para pagar hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Si se le ha notificado entre los días 16 y el último de cada mes, tendrá de plazo para pagar hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Deberá remitirse al Parque Nacional de los Picos de Europa copia del resguardo justificativo del ingreso.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe la interposición de recurso de alzada ante el Presidente del Organismo Autónomo Parques Nacionales, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución de acuerdo con lo establecido en el art. 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El expediente completo podrá ser consultado en las oficinas del Parque Nacional de los Picos de Europa, calle Arquitecto Reguera, n.º 13, Oviedo.
Madrid, 15 de febrero de 2011.- La Directora del Organismo Autónomo Parques Nacionales, Olga Baniandrés Rodríguez.
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