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Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se notifica a Animagic Studio, S.A. la resolución de 1-9-2009 del Director General del ICAA, que no ha podido ser notificada en la forma prevista por el apartado 2 del citado artículo 59 de la LRJPAC, al haberse intentado sin efecto la notificación ordinaria de la misma remitida al último domicilio conocido, que es C/ Pirineos, 27, 28040 Madrid, y en la que se declara la procedencia del reintegro de la subvención concedida a Animagic Studio, S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 37.b de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones por un Importe de 110.057,56 euros, más los intereses de demora correspondientes devengados desde la fecha de pago de la subvención hasta la fecha de resolución.
Principal: 110.057,56 euros.
Intereses de demora: 25.970,90 euros.
Total a reintegrar: 136.028,46 euros.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, la resolución que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Instituto (Subdirección General de Fomento) ubicado en la Plaza del Rey, s/n, 28071 Madrid.
Frente a la citada resolución dispone el interesado de un plazo de quince días para la formulación de alegaciones y presentación de los documentos e informaciones que estime convenientes a su defensa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 10 de febrero de 2011.- La Subdirectora General.
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