La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, aprueba y declara de Interés General las actuaciones para "Transformación en regadío del Sector II de la Zona Regable Centro de Extremadura", llevando implícita la declaración de utilidad pública a los efectos de la ocupación temporal y expropiación forzosa de bienes y derechos. El Real Decreto-Ley 14/2009, de 4 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas, declara la urgencia de la ocupación de los terrenos afectados.
Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 17 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, se somete a Información Pública la relación de bienes y derechos objeto de expropiación, para que en el plazo de quince días cualquier persona interesada pueda formular alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores de la misma.
N.º de orden |
Polígono Parcela |
Paraje |
Titular |
Uso del suelo |
Expropiación |
442 |
10 866 |
Los codos |
Manuel M.ª Ortega Molina Avda. Constitución, 8 06760 Navalvillar de Pela (BA) |
Agrario (Labor regadío) |
0,1389 Ha |
443 |
10 913 |
Los codos |
Santiago Gallardo Jiménez Avda. Constitución, 45 06760 Navalvillar de Pela (BA) |
Agrario (Labor regadío) |
0,0467 Ha |
Badajoz, 23 de diciembre de 2010.- El Secretario General, Manuel Cobo Sánchez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid