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Documento BOE-B-2011-7264

VALLADOLID

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2011, páginas 22621 a 22621 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-7264

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valladolid, en cumplimiento de los dispuesto en el art. 23 Ley Concursal, y la reforma prevista en el art. 6 RD Ley 3/09 sobre este artículo, en el que se establece que la publicación será con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el BOE, anuncia:

1.º Que los autos seguidos en este Juzgado CNA N.º 9/2011 Sección I se ha dictado a instancia de MECANIZADOS TORRES Y MUÑOZ, S.L., en fecha 2 de febrero de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor MECANIZADOS TORRES Y MUÑOZ, S.L., con CIF: B-47448261, cuyo domicilio lo tiene en la Cistérniga (Valladolid) C/ Caoba, parcela 1, nave 17, Polígono Industrial la Mora, coincidente con el centro de intereses principales.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, mediante autorización.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el art. 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

Valladolid, 9 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

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