Concurriendo causas no imputables a la Administración de las previstas en el artículo 59.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común y en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 de dicho precepto, se notifica mediante el presente anuncio Resolución por la que se reclama a la Organización No Gubernamental para el Desarrollo Asociación Labor, C/ Doce Ligero, n.º 6. Bajo 26004 Logroño (La Rioja) la cantidad de 98.903,50 euros (noventa y ocho mil novecientos tres euros con cincuenta céntimos), 80.000 euros (ochenta mil euros, correspondientes a la subvención n.º de Registro 05 PR1 419, no justificada), más 18.903,50 euros (dieciocho mil novecientos tres euros con cincuenta céntimos, relativos al interés de demora desde el momento del pago de la subvención, calculado como indica el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones).
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma y sin perjuicio de cuantas otras actuaciones pueda adoptar el interesado, cabe la interposición de recurso potestativo de reposición ante la Presidenta de la AECID, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su notificación. Asimismo, y solo en las circunstancias, términos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrá interponerse recurso extraordinario de revisión.
El expediente se encuentra a disposición del interesado en el Departamento de ONGD de la AECID, c/ Beatriz de Bobadilla, 18. 28040 Madrid.
Madrid, 8 de marzo de 2011.- La Jefa del Departamento de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo, P.A., el Jefe de Área de ONGD, Eduardo Colina Blanco.
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