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Documento BOE-B-2011-9169

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía en Málaga, por la que se concede autorización administrativa, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación de la Línea Eléctrica denominada "Proyecto Línea Aérea de media tensión, doble circuito, desde polígono Los Ramos hasta centro de distribución Loma Olivar, y Línea Subterránea media tensión desde centro de distribución Colmenar hasta centro de distribución Central Lechera", y se convoca para el levantamiento de Actas Previas a la ocupación de fincas afectadas por la misma. Término Municipal de Colmenar (Málaga). Expte. AT-E-11522.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 16 de marzo de 2011, páginas 28755 a 28760 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2011-9169

TEXTO

Visto el expediente AT-E-11522, iniciado a instancia de D. Manuel F. Duarte Gutiérrez de la Cueva, en nombre y representación de la entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L., Sociedad Unipersonal, con domicilio a efectos de notificaciones en calle Maestranza, n.º 6, C.P. 29016, Málaga, por el que se solicita autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, declaración, en concreto, de utilidad pública y convocatoria de actas previas de la instalación referenciada, y, los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.- Por escrito de fecha 27 de marzo de 2008, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública, ésta última a los efectos de expropiación forzosa de bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, acompañando relación de bienes y derechos afectados y cuyas características principales son:

Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica, S.L., Sociedad Unipersonal.

Domicilio: Maestranza, n.º 6, C.P: 29016, Málaga.

Finalidad: Instalación de la línea eléctrica aérea de media tensión D/C, desde Polígono Los Ramos hasta Centro de Distribución Loma Olivar, y, línea subterránea de media tensión desde Centro de Distribución Colmenar hasta Centro de Distribución Central Lechera, para distribución de energía eléctrica.

Características:

- 2.100 metros de línea aérea de media tensión, conductor LA-110, desde Polígono Los Ramos hasta el

Centro de Distribución Loma Olivar.

- 720 metros de línea subterránea de media tensión, conductor AL-240 mm², 18/30 kV, entre el Centro de Distribución Colmenar y el Centro de Distribución Central Lechera.

Términos municipales afectados: Colmenar (Málaga).

Segundo.- El 1 de junio de 2010, se presenta modificación al proyecto inicial, con las siguientes

Características:

- Ampliación del centro de seccionamiento "Los Ramos" consistente en la instalación de una nueva celda modular de seccionamiento y una celda de línea, ambas prefabricadas bajo envolvente metálica en SF6.

- 24 metros de línea subterránea de media tensión, D/C, con conductores unipolares de aluminio de 240 mm², RHV Al 18/30 kV, entre el Centro de seccionamiento "Los Ramos" y el apoyo 1A.

- 2.407 metros de línea aérea de media tensión, 20 kV, D/C con conductor LA-110 sobre apoyos metálicos, entre los apoyos 1A y 11.

- 280 metros de línea subterránea de media tensión, S/C, con conductores unipolares de aluminio de 240 mm², RHV Al 18/30 kV, entre el apoyo 11 y el CD "Colmenar".

- 917 metros de línea subterránea de media tensión, S/C, con conductores unipolares de aluminio de 240 mm², RHV Al 18/30 kV, entre el CD "Colmenar" y el CD "Central Lechera".

- 10 metros de línea subterránea de media tensión, S/C, con conductores unipolares de aluminio de 240 mm², RHV Al 18/30 kV, entre el apoyo 11 y el CD "Loma del Olivar".

- Reforma del CD "Central Lechera" consistente en el desmontaje del sistema convencional de celdas y sustitución por un grupo compacto de celdas prefabricadas bajo envolvente metálico en SF6 compuesto por 2 celdas de línea y 1 de protección (2L + 1P).

-Términos municipales afectados: Colmenar (Málaga).

Tercero.- Conforme a la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y, la Ley 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, la solicitud fue sometida al trámite de información pública en el Boletín Oficial del Estado (BOE n.º 277, de 16 de noviembre de 2010), Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA n.º 225, de 18 de noviembre de 2010), Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP n.º 206, de 28 de octubre de 2010) y Diario Sur de 4 de noviembre de 2010.

Asimismo, fue efectuada publicación en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Colmenar (del 2 al 24 de noviembre de 2010), según diligencia acreditativa de la misma.

No constan en el expediente alegaciones durante este trámite de información pública.

Cuarto.- Conforme a lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 28 de junio de 2010 se procedió a remitir separatas a las siguientes Administraciones y Organismos afectados:

- Ayuntamiento de Colmenar, reiterándose el requerimiento el 20 de septiembre de 2010, sin obtenerse contestación. Por tanto, se entiende dada su conformidad.

- Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial en Málaga de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, dando su conformidad.

- Delegación Provincial en Málaga de la Consejería de Medio Ambiente, Agencia Andaluza del Agua, dando su conformidad.

Quinto.- Conforme al art. 41 y ss. de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, el 27 de enero de 2011, se obtiene resolución favorable de Calificación Ambiental, emitida por el Ayuntamiento de Colmenar.

Sexto.- El día 24 de enero de 2011, D. Alfredo Rodríguez González, en nombre y representación de la entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., solicitó, previo los trámites oportunos, se señalase día y hora para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, se realizase las notificaciones a los interesados y las publicaciones correspondientes, adjuntando relación de bienes y derechos afectados para su ocupación.

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes

Fundamentos de derecho

Primero.- El expediente ha sido tramitado conforme a la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Segundo.- El art. 52.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, declara de utilidad pública "las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso" (art. 140.1 Real Decreto 1955/2000), cuya declaración, al amparo del art. 54.1 "llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa", como "la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública" (art.54.2 Ley 54/1997, art. 149.2 Real Decreto 1955/2000), "adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio" (art. 149.1. Real Decreto 1955/2000).

En el presente expediente no se han presentado alegaciones, aceptándose por la beneficiaria todas las manifestaciones hechas por los organismos afectados.

Tercero.- El art. 150 del Real Decreto 1955/2000 dispone que "Declarada la utilidad pública de la instalación, se iniciarán las actuaciones expropiatorias, conforme al procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa", añadiendo éste último que "Se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3 y 4 de esta Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación", la cual "se llevará a efecto con una antelación mínima de ocho días y mediante cédula".

Asimismo, dicho art. 52 añade que "Con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales, y, en resumen, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere", como el art. 148 del Real Decreto 1955/2000, respecto a la resolución, que "se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Boletín Oficial de la provincia o provincias afectadas", por lo que cabe acumular en este mismo acto tanto la declaración de utilidad pública como la convocatoria para el levantamiento de Actas, al ser ésta última consecuencia necesaria de la resolución, como coincidir determinados boletines en los que deben publicarse.

Cuarto.- Es competente para la Resolución del presente expediente la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Málaga, según lo dispuesto en el Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía, Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de industria, energía y minas, art. 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, art. 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería, Resolución de 23 de febrero de 2005 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en relación con el art. 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y el Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.

Por todo ello, vistos los preceptos legales citados, y conforme a la Ley 54/1997, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa,

Esta Delegación Provincial resuelve:

1.) Estimar la petición de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y, declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación de Línea Eléctrica Aérea de media tensión denominada "Proyecto L.A.M.T. D/C desde Polígono los Ramos hasta CD Loma Olivar y L.S.M.T. desde CD Colmenar hasta CD Central Lechera". Término municipal de Colmenar (Málaga), y con arreglo a las condiciones siguientes:

1.º Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2.º El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución.

3.º La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

4.º Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los Organismos y Corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además el titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios.

5.º El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación.

6.º Para la ejecución de las instalaciones se cumplirán los condicionados y plazos impuestos en la Calificación Ambiental.

7.º La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

2.) Dicha declaración, en concreto, de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante Endesa Distribución Eléctrica, S.L., la condición de Beneficiaria en el expediente expropiatorio.

3.) Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados por la misma para que comparezcan el día y hora y en el Ayuntamiento que figura en la relación anexa a esta Resolución, en cuyo término municipal radican las fincas afectadas, para de conformidad con el art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación y, si procediera, el de ocupación definitiva.

A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad (escrituras) y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles. De igual forma pueden hacerse acompañar de sus peritos y un notario, si lo estiman oportuno.

4.) Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Málaga y mediante anuncio en dos diarios de la capital de la provincia, sirviendo la misma como notificación, conforme al art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, respecto a aquellos interesados que en el procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación, o bien, intentada la misma, no se hubiese podido practicar.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo establecido en los arts.107.1,114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia.

Anexo

Convocatoria de Actas Previas.

Ayuntamiento de Colmenar

Nº PARC. S/ PROY, PROPIETARIOS DATOS PARCELAS APOYOS AFECCION
VUELO OCUPACIÓN TEMP.
PARAJE CULTIVO PARC POL Sup. (m2) LONG. (M) SUP, (M2) ACOPIO MATERIAL Y MONTAJE Tiempo estimado (semanas) FECHA HORA
3 Fernánez Pacheco Fernádez Miguel A. Ramos Labradio y olivos secano 275 17 1 8,78 158,86 1591,74 2.387,61 10 16/03/2011 10:00
4 Francisco Rodríguez Rosado Ramos Labradio y Olivos Secano 270 17 67,62 769,8 1.154,70 10 16/03/2011 10:00
5 Mª José Reina Fernandez Ramos Labradio y Olivos Secano 180 17 2 9,9 70,84 473,23 709,845 10 16/03/2011 10:45
8 Juana Bueno Ortega Jaral Labradio Secano y Pastos 117 a-b 17 3 4,16 146,11 1.042,90 1564,4 10 16/03/2011 10:45
9 Francisco Miguel Olmedo Delgado Jaral Pastos y Olivos Secano 124 a-b-c 17 4 2,84 147,8 1.259,50 1.889,25 10 16/03/2011 11:30
10 José Vega Gómez Jaral Labradio Secano 126 17 50,00 558,6 837,90 10 16/03/2011 11:30
11 Victoria Rodríguez Molina Jaral Olivos y Almendros Secano 127 17 5 4,16 94,26 826,78 1.240,17 10 16/03/2011 12:15
12 Antonia Gómez Palomo Jaral Olivos Secano 147 17 63,87 551,52 827,28 10 16/03/2011 12:15
19 Antonio José Mateo Oliver Jaral Labradio y Olivos Secano 69 a 16 14,58 21,87 10 16/03/2011 13:00
20 Concepción García Báez Jaral Labradio Secano 73 16 63,54 964,31 1.446,465 10 16/03/2011 13:00
21 Francisco Sánchez Fernández Jaral Olivos Secano 72 16 38,32 398,36 597,54 10 16/03/2011 13:45
22 Diego Martín Muñoz, Jaral Olivos Secano 71 16 7 3,12 55,53 378,66 567,99 10 16/03/2011 13:45
25 Miguel Contreras Navarro Jaral Olivos Secano 93 16 19,65 268,29 402,435 10 17/03/2011 10:00
26 Cristobal Fernández Pérez Jaral Olivos Secano 53 16 100,41 150,615 10 17/03/2011 10:00
27 Cristobal Fernández Pérez Jaral Olivos Secano 50 16 57,45 693,08 1.039,62 10 17/03/2011 10:00
28 Francisca de los Ríos Muñoz Jaral Olivos Secano 49 16 58,81 596,77 895,155 10 17/03/2011 11:30
29 M. Candelaria Postigo Ranea Jaral Labradio y Olivos Secano 48 a 16 8 3,67 30,36 209,4 314,10 10 17/03/2011 11:30
31 Antonio Fidel Díaz Molina La Suerte Labradio Secano 30 16 9 4,16 162,85 1.155,23 1.732,845 10 17/03/2011 12:15
32 Juan Molina López La Suerte Labradio y Olivos Secano 31 16 168,96 2.245,70 3.370,05 10 17/03/2011 12:15
33 Juan Rodríguez Molina La Suerte Olivos Secano 32 16 10 y 11 4,16 y 10,19 183,47 1.296,08 1.944,12 10 17/03/2011 13:00

Málaga, 9 de febrero de 2011.- El Director General de Industria, Energía y Minas. Por Resolución de 3 de febrero de 2005, BOJA n.º 59, de 28 de marzo, la Delegada Provincial, Pilar Serrano Boigas.

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