Don Rafael Villar Herrera, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:
1.º-Que en la Sección 1.ª de declaración del concurso de los autos de Concurso ordinario voluntario 0000378/2011 y NIG n.º 13034 41 1 2011 0004080, se ha dictado, en fecha 22 de marzo de 2012, Auto de declaración de concurso del deudor Reto Lucás Martín, S.A., con CIF A13400510, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Pedro Muñoz, Ciudad Real.
2.º-Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la entidad deudora si bien que quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales designados, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a:
v Don David Muñoz Belmonte, letrado en ejercicio con domicilio en calle Pozo Dulce, n.º 20, bajo, de Ciudad Real, teléfono 926251828 y dirección electrónica señalada retolucasmartin@gemail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º-La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.
A su vez éstos, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 de la Ley Concursal).
5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).
Ciudad Real, 16 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.
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