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Documento BOE-B-2012-10514

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2012, páginas 14096 a 14096 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-10514

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 355/2011 con NIG: 4109142M20110000872 referente al concursado M.V. Promoven, S.L., por auto de fecha 05/03/12 se ha acordado abrir la fase de liquidación en cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1) Poner fin a la fase común del presente procedimiento concursal

2) La apertura de la fase de liquidación, a la que se dará la publicidad prevista en el art. 144 de la Ley Concursal.

3) La apertura de la sección de calificación, que incorporará:

a) Testimonio de esta resolución.

b) La solicitud de declaración inicial de concurso y la documentación acompañada por medio de copia.

c) La documentación que hubiere aportado para subsanar la inicial, antes de la declaración de concurso.

d) El auto de declaración de concurso.

Con tal fin, si no obrara en las actuaciones, esta resolución sirve de requerimiento al Procurador de la concursada para presentar copia de la solicitud y la documentación citada en el plazo de 5 días hábiles.

4) Advertir a cualquier acreedor y persona que acredite interés legítimo que puede personarse en la Sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable desde esta fecha hasta diez días después de la última de las publicaciones que se hiciera de esta resolución. Transcurridos los diez días antes citados, la Administración deberá presentar, en el plazo de quince días, el informe prevenido en el artículo 169 de la Ley Concursal, para lo que no se dictará providencia específica.

5) El cese del Administrador de la sociedad concursada.

6) La disolución de la sociedad concursada.

7) Conferir a la Administración concursal el plazo de quince días previsto en el artículo 148 para la presentación del Plan de Liquidación que el mismo prevé.

8) Librar mandamiento al Registro Mercantil para la inscripción de esta resolución en todos sus extremos (liquidación, apertura de calificación, disolución social y cese de Administrador), haciendo constar que no es firme.

Sevilla, 13 de marzo de 2012.- El/La Secretario Judicial.

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