Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.- que en el procedimiento número 788/2011, por auto de 26 de marzo de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Desarrollos Empresariales Albuñol, S.L., con CIF B85329443, con domicilio en Avenida de la Democracia, n 7, local 601, de Madrid.
2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal, mediante autorización o conformidad.
3.- Que se acuerda la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1º del art. 176 LC, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a.- se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; b.- declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 26 de marzo de 2012.- El Secretario judicial.
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