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Documento BOE-B-2012-11519

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2012, páginas 15505 a 15505 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-11519

TEXTO

EDICTO.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000623/2011 referente al concursado Montajes Rufesa, S.L., con CIF B-31945033, con domicilio en C/ Iturrama, n.º 43, de Pamplona, por auto de fecha 1 de Febrero de 2012 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

PARTE DISPOSITIVA.

Acuerdo la conclusión del concurso de acreedores de "Montajes Rufesa, S.L.".

Declaro aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal, entendiendo como tales el apartado tercero de su informe.

Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

Acordar la extinción de la referida sociedad, así como la cancelación de la inscripción en los registros públicos y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra n.º 1, con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor.

Notifíquese la presente a las partes personadas y publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado. Entréguense los despachos al Procurador del concursado para que cuide de su diligenciamiento.

Hágase saber el contenido de la presente resolución al Juzgado Decano de esta ciudad para su comunicación a los Juzgados de lo Social y de 1.ª Instancia.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno, siendo firme la misma.

Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma. de lo que yo, el Secretario, doy fe.

El/La Magistrado-Juez El/La Secretario.

Pamplona, 1 de febrero de 2012.- El/La Secretario Judicial.

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