Cédula de notificación
En el Sumario 11/18/10, seguido por este Tribunal Militar Territorial Primero, se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice asi:
Se concede al reo, el beneficio de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas, dejándolas en suspenso por el plazo de dos años.
Por el Sr. Secretario Relator notifíquese este auto a las partes, observándose con respecto al reo lo dispuesto en el artículo 369 de aquella ley procesal.
Y procédase luego a la ejecución de los demás pronunciamientos del fallo, a los que no será extensivo este beneficio, dando cuenta de las incidencias que se presentaren y consultando al final su archivo.
y para que conste y sirva de notificación en forma a don Sergio Andrés Yépez Mosquera, que se encuentra en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 29 de marzo de 2012.- La Secretario Relator.
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