No habiendo podido notificar a D. Miguel García Rodríguez, en los dos intentos practicados en su domicilio, se le hace saber que pudiera encontrarse incurso en las causas contempladas en la letra e), del artículo 10.1, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, por lo que de conformidad con el artículo 29.2 del Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, se le requiere para que, en el plazo de un mes, proceda al desalojo voluntario de la vivienda militar que ocupa, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto.
El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, calle Isaac Peral, núm. 32, de Madrid.
Madrid, 3 de abril de 2012.- El Jefe de Área de Gestión.
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