El Juzgado de lo Mercantil 1 de Málaga, anuncia:
Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 1291.05/2010, referente al concursado COOPERATIVA VILLAS DE MAQUEDA, por auto de fecha 12/03/12 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 24/01/12, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 16 de Marzo de 2012.
3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
5. En el plazo de diez días siguientes a la publicación por Edictos en este juzgado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Málaga, 12 de marzo de 2012.- El/la Secretario Judicial.
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