Yo Juan González Espinal, Notario de Valladolid, hago saber:
Que a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., tramito ejecución extrajudicial hipotecaria, número 1/2011, de la finca hipotecada que después diré, y que procediendo su subasta pública, se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1. La subasta se celebrará en mi Notaría, en Plaza de España, 14, entreplanta, de Valladolid.
2. De acuerdo a lo previsto en el Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo en su artículo 12, se celebrará una única subasta el día veintidós de mayo de dos mil doce, a las diez horas.
3. Tipo. El tipo para la subasta se fija en ochocientos veintiocho mil noventa y siete euros y cuarenta céntimos (828.097,40 euros).
Si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor de la subasta, se entenderá adjudicada la finca a quien presente la mejor postura.
Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.
Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.
Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya presentado la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.
4. Salvo el acreedor, los demás postores, sin excepción, para tomar parte en la subasta deberán consignar previamente en la Notaría, mediante cheque bancario a nombre del Notario, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo correspondiente a la subasta. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el cheque bancario del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
5. La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que refieren los artículos 236-A y 236-B del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes.
6. Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior, podrá hacerse a calidad de ceder a tercero.
Finca a subastar:
Urbana.- Número ciento uno.- Vivienda a la derecha, subiendo por la escalera tipo 8, de la planta novena, de la casa número once, de la calle Veinte de Febrero, de Valladolid.
Ocupa una superficie construida de ciento ochenta y dos metros y ochenta y tres decímetros cuadrados (182,83 m²).
Lleva como anejo la plaza de garaje número treinta y dos.
Cuota. Representa una cuota en el valor total del inmueble de que forma parte del 0,562 por ciento.
Inscripción. Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Valladolid número uno, en el tomo 2.785, libro 798, folio 80, finca número 958.
Valladolid, 15 de marzo de 2012.- Notario de Valladolid.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid