Edicto
Dña. María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil. nº 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000436/2010 se ha dictado en fecha 12 de Abril de 2012 Auto de declaración de concurso necesario del deudor Enerkey Sistemas, S.A., con C.I.F. A-36990844 y domicilio en C/ Condesa Casa Barcena número 2, entreplanta, Vigo, Pontevedra.
2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.
Se ha designado, como administración concursal al economista D. José Manuel Cortegoso Iglesias con D.N.I. 35.527.254 -M, con domicilio postal en Vigo, Calle Salamanca nº 17-4º C y dirección electrónica señalada: josem@corty.e.telefonica.net, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmando por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio, y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.
También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).
Vigo, 12 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.
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