El Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Madrid anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 358/2009, referente al concursado Delcountry Media, S.L.U., por auto de fecha 20/12/2011 se ha acordado lo siguiente:
1º.- Aprobar la liquidación anticipada y el plan presentado para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.
2º.- L a suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3º.- Se ha declarado disuelta la sociedad Delcountry Media, S.L.U., cesando en su función los Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.
4º.- Formar la sección sexta de calificación, en la que podrán personarse como parte cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo dentro de los diez días a partir de la última publicación acordada, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá alegar por escrito cuanto estime relevante para la calificación del concurso como culpable.
Madrid, 21 de diciembre de 2011.- Secretario Judicial.
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