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Documento BOE-B-2012-14325

Resolución EMO/ /2012, de 26 de marzo, de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de sustitución de transformadores de potencia 6/110 kV y 28 MVA en la central hidráulica de Flix, en el término municipal de Flix (exp. I612/100/11).

Publicado en:
«BOE» núm. 102, de 28 de abril de 2012, páginas 19378 a 19381 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2012-14325

TEXTO

La empresa Endesa Generación, S.A., con domicilio social en la Avda. de la Borbolla, 5, CP 41004, Sevilla, ha solicitado la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de sustitución de transformadores de potencia 6/110 kV y 28 MVA en la central hidráulica de Flix, en el término municipal de Flix.

En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el cual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos administrativos de instalación de energía eléctrica, y la Ley 18/2008, del 23 de febrero, de garantía y calidad del suministro, la solicitud mencionada ha sido sometida a uno periodo de información pública mediante el Anuncio publicado al DOGC núm. 6017, de 1.12.2011, y en el BOE núm. 304, de 19.12.2011.

Durante el plazo de información pública no se han presentado alegaciones.

De acuerdo con lo que prevén los artículos 127 y 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, el Ayuntamiento de Flix emitió informe favorable con el condicionante de "realizar y justificar al Ayuntamiento de Flix un control ambiental específico de la actuación una vez esté realizado", el promotor presentó alegaciones al mencionado informe, que una vez enviadas al organismo no respondió, por tanto, se entiende su conformidad.

Visto que la empresa ha acreditado que su solicitud cumple lo que establece la normativa eléctrica y ha justificado debidamente en la memoria del Proyecto la necesidad de la instalación;

Visto que la competencia para conocer este expediente y resolverlo se atribuye a la directora de los Servicios Territoriales de Empresa y Empleo de acuerdo con lo que establece el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los departamentos del Administración de la Generalitat de Catalunya, y el Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo en relación con el artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, que regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica;

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, y la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya,

Resuelvo:

1. Otorgar la autorización administrativa de la sustitución de transformadores de potencia 6/110 kV y 28 MVA a la central hidráulica de Flix, en el término municipal de Flix.

2. Aprobar el proyecto de ejecución mencionado con las características siguientes:

Peticionario: Endesa Generación, S.A., con domicilio social en la Avda. de la Borbolla, 5, CP 41004, Sevilla.

Objeto: Autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución.

Exp.: I612/100/11.

Proyecto de ejecución para la substitución de un banco de transformadores monofásicos de 22,5 MVA por otro de tipo trifásico de 28 MVA y relación de transformación 6,3/110 kV, en el término municipal de Flix, con las características técnicas siguientes:

Un transformador de potencia (TR-2) 6,3/110kV de 28 MVA, marca ABB.

Aparamenta de 110kV.

Un interruptor tripolar de 2000 A de intensidad nominal, modelo SIEMENS 3AP1 FG.

Uno seccionador tripolar motorizado, modelo MESA SGC-145/1250.

Tres autoválvulas, modelo ABB PEXLIM Q096-XH123.

Uno seccionador de neutro manual, modelo MESA SGC-72/1250.

Una autoválvula de neutro, modelo ABB PEXLIM Q075-XN123.

Un transformador de intensidad toroidal de neutro con relación de transformación 250/5A de potencia 15VA y clase de precisión 5P10.

Se mantendrá el transformador de intensidad y el de tensión existentes dado que cumplen con la norma RPM.

Aparamenta 6kV:

Un transformador de intensidad, modelo LESCOP AED-24 (tres unidades), de tensión asignada 24 kV y relación de transformación 2800/5-5-5 A.

Un transformador de tensión, modelo LESCOP VKPE-12 (tres unidades), de tensión asignada 12 kV y relación de transformación 6600:V3/110V3-110V3-110V3.

Un interruptor tripolar, modelo SIEMENS 33819-7, de tensión asignada 17,5 kV y 3150 A de intensidad nominal.

Dos seccionadores tripolar, modelo ELECTROTAZ DIA24/4000+SF/2+CCA2-INT y ELECTROTAZ DIA24/2500+STA-2/2+CCA2-INT, de tensión asignada 24 kV y de accionamiento manual.

Finalidad: Substitución a causa de la obsolescencia de tres transformadores monofásicos existentes de la Central Hidroeléctrica de Flix, con relación de transformación 6,3/110 kV y potencia 22,5 MVA, por un transformador trifásico, de relación de transformación 6,3/110 kV y potencia 28 MVA, con el objetivo de disminuir las pérdidas y aumentar la seguridad de funcionamiento.

Término municipal: Flix.

Presupuesto: 354.578,36 euros.

Esta autorización administrativa queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el proyecto ejecutivo firmado por el señor Francisco Jaén Parras, ingeniero industrial, colegiado núm. 17277, visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Catalunya con el núm. 045707 en fecha 18 de mayo de 2011, con las variaciones que si ocurre se soliciten y se autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten al que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantizadas de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por el Orden ministerial de 18 de octubre de 1984, la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial, y el resto de disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años a contar de la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.

5. Los Servicios Territoriales en Les Terres de l'Ebre podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias con respecto al cumplimiento de las condiciones de esta Resolución

6. Con esta finalidad, el peticionario comunicará a estos Servicios Territoriales, con la antelación suficiente la fecha de comienzo de las obras, su programación, y su finalización, las fechas en que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante. Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de la instalación firmada por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, si ocurre, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas.

7. La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

8. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones que esta impone.

En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que deriven según las disposiciones legales vigentes.

9. Esta autorización administrativa se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada delante del director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción que hace la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tortosa, 26 de marzo de 2012.- Directora de los Servicios Territoriales en Les Terres de l' Ebre, Mercè Miralles Guerrero.

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