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Documento BOE-B-2012-14376

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2012, páginas 19444 a 19444 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-14376

TEXTO

Doña Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 144/2012, por auto de 9 de abril de 2012, se ha declarado en concurso al deudor Proyectos de Rehabilitación, Obra Nueva y Servicios, S.L., con domicilio en calle Enrique Larreta, n.º 7, 1.º A. de Madrid y CIF: B-83454066.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, don Valentín Gallego Castañera, con despacho profesional en calle Comandante Zorita, n.º 12, esc. 4, 1.º D. Madrid 28020, teléfono 91535.66.84, fax 923.26.50.81 y correo electrónico valentin@valentingallego.com la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio y dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

La personación de interesados conjunta con la comunicación de crédito en el Juzgado, sólo producirá efecto respecto a la personación, pero ninguno respecto de la comunicación.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 13 de abril de 2012.- La Secretario Judicial.

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