D. Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca,
Por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 165/2012 y NIG 07040 47 1 2012/0000262 se ha dictado en fecha 23 de abril de 2012 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Ordinario del deudor Sky-Solar Tec Illes Balears, con CIF B-57594178, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Llimona, n.º 32, Palma de Mallorca.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.
3.º Que se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil VIVES RAMIS ASESORES CONCURSALES, S.L., con CIF B-57735136, en cuyo nombre el letrado D. Melchor Ramis Perelló ha aceptado el cargo con fecha 2 de mayo de 2012.
4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Avda. Alexandre Rossello 26 1º 07002 de Palma o dirección de correo electrónico notificaciones@ramisabogados.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).
Palma de Mallorca, 2 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.
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