Edicto.
D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia:
Que en el concurso abreviado 000152/2011, referente al concursado VIJUEL, S.L., CIF n.º B02192201. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, por auto de fecha 19/04/12, se ha acordado lo siguiente:
1. Se acuerda poner fin a la fase común.
2. Se decreta apertura de la fase de liquidación.
3. Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.
4. Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
5. Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 15 siguientes a la notificación, el plan de liquidación detallado previsto en el art. 148 LC. Si la complejidad del concurso lo justificara, de solicitarse por la administración concursal, podrá acordarse prorroga por plazo de igual duración
6. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.
7. Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente.
Elche, 20 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
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