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Documento BOE-B-2012-15214

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2012, páginas 20570 a 20570 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-15214

TEXTO

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal 44/2011, seguido a instancias del Procurador/a don Carlos Muñoz Correa, en nombre y representación de Prodesmar Canarias, S.L., se ha dictado auto el día 3 de febrero de 2012, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Prodesmar Canarias, S.L. Con CIF n.º B-35442649, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradora del procedimiento concursal número 44/2011 a la Abogada doña María Sonia Galán Díaz-Bethencourt, con DNI 42.855.078-Y, quien para el desempeño del cargo, señala que la oficina o despacho donde desempeñará su cargo en la localidad del ámbito de este Juzgado se encuentra en Las Palmas de Gran Canaria, en su calle Nicolás Estevanez, núm. 30, oficina 204. Su teléfono: 928 27 07 48/629 20 19 78; fax: 928 27 92 84; e-mail: sonia@multifinanzas.es

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda su intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, concursal en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial. - firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 24 de abril de 2012.- Secretaria Judicial.

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