José María Sánchez-Ros Gómez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en la ciudad de Sevilla,
Hago saber: Que en mí notaría, sita en calle Enramadilla, 7, 1.ª planta, de Sevilla, se tramita venta extrajudicial, número 1/2012, conforme al Art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada que es domicilio habitual del deudor:
Urbana. Número seiscientos siete. Piso derecha de la planta segunda, señalado con el número dos, de la casa en calle Candelas, número once, de la Barriada de la Candelaria, en la ciudad de Sevilla.Tiene una superficie construida de cincuenta y tres metros cuadrados (53,00 m²), y útil de cuarenta y dos metros y cincuenta decímetros cuadrados (42,50 m²). Linda, por su frente, por donde tiene la entrada, con espacio común de la manzana, descansillo de la escalera y escalera; por su derecha con casa señalada con el número trece de su misma calle; por la izquierda, con escalera y piso izquierda de su misma planta; y por el fondo con patio común de la manzana.Su cuota de participación en la casa es de ocho enteros y treinta y tres centésimas por ciento (8,33%), y en la totalidad del conjunto de cero enteros y nueve mil novecientas sesenta y ocho cienmilésimas por ciento (0,09968%).
Inscripción: Consta inscrita en el Registro de la Propiedad número dieciséis de Sevilla, al Tomo 3.109, Libro 728, folio 207, finca número 32.435 (IDUFIR 41032000477183), inscripción séptima.
Procediendo la subasta de la finca y por tratarse de vivienda habitual de la parte deudora, se hace saber sus condiciones:
1.- Tendrá lugar en mi notaría una única subasta el día catorce de junio de 2012 a las 10:00 horas, siendo el tipo base el de ciento diecisiete mil euros (€ 117.000); con arreglo al Art. 12 del Decreto ley 6/2012, de nueve de marzo.
2.- La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes.
3.- Los licitadores, salvo acreedor, deberán consignar, previamente a la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario de Sevilla don José María Sánchez-Ros Gómez una cantidad equivalente al treinta por ciento (30,00%) del tipo que corresponda a la subasta.
4.- Desde el anuncio pueden hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.
5.- Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Sevilla, 4 de mayo de 2012.- El Notario.
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