Edicto.
Don Jorge Cuellar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 473/11-LL, siendo la concursada Juyma Gres, S.L.L., en el que se ha dictado auto de fecha 02/05/12, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Juyma Gres, S.L.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo.
3.- Se decreta la extinción de la sociedad. Líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de las sociedades. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.
4º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de cinco años, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal.
5º.- Anúnciense por edictos en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y en el tablón de anuncios del juzgado, y comuníquese a los juzgados a los que se haya notificado la declaración de concurso, entregándose los respectivos oficios al Procurador del deudor.
6º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 181 LC.
Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Elche, 2 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.
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