Don Carlos Villarrubia González, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Camas (Sevilla),
Hago saber: que en mi notaría sita en calle La Hacienda, s/n, local 6, en Camas (Sevilla), se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Descripción: urbana.-Treinta y nueve. Piso letra B de la planta cuarta de la casa en Camas (Sevilla), calle Marbella, número uno.
Tiene una superficie de sesenta y tres metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados, convenientemente distribuidos para vivienda.
Linda, mirando a la casa desde la avenida principal, hoy calle Marbella: por su frente, con patio común del inmueble; derecha, con piso letra C de esta misma planta; izquierda, con finca de donde se segregó; y fondo, con la Urbanización Parque La Montaña.
- Cuota Comunidad: 2'10 %.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Camas al folio 98 del Tomo 719, libro 85 de Camas, finca 6.674.
- Y que procediendo la subasta de dicha finca, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:
1.-Se señala la subasta para el día 19 de junio de 2012, a las trece horas y treinta minutos.
2.-Dicha subasta se celebrará en mi despacho, en Camas (Sevilla), calle La Hacienda, s/n, local 6.
3.- El tipo a efecto de subasta correspondiente a dicha vivienda, es de doscientos cincuenta y seis mil treinta y dos euros con cincuenta y dos céntimos (256.032,52 €). (Regirán los límites de los artículos 670 y 671 LEC, el tipo no podrá ser inferior del 60 % del valor de tasación).
4.-La documentación y las certificaciones registrales pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la licitación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5.-Los postores, deberán consignar previamente en mi despacho sito en Camas, calle La Hacienda, s/n, local 6, el 30% del tipo correspondiente.
6.-Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Camas, 9 de mayo de 2012.- El Notario.
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