Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177 y 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 667/2008 D, por auto de 9 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva dice literalmente:
"1. Se decreta la conclusión del presente concurso de acreedores de la entidad mercantil "Ankar Pontevedra, Sociedad Limitada", con CIF 36103000.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la entidad mercantil "Ankar Pontevedra, Sociedad Limitada", y el cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios del Juzgado.
6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente."
Pontevedra, 9 de febrero de 2012.- El Secretario judicial.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid