Está Vd. en

Documento BOE-B-2012-18918

Anuncio de la Notaría de don Emilio Cobo Ballesteros sobre subasta notarial.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 2 de junio de 2012, páginas 25612 a 25613 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-18918

TEXTO

Emilio Cobo Ballesteros, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Motril,

Hago saber: Como consecuencia del procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca seguido en esta Notaría (Expediente con número provisional 3/2011) y cumplidos los trámites y plazos reglamentarios, por medio de la presente se anuncia única subasta pública notarial, dado que ha quedado acreditado que la finca objeto del procedimiento es la vivienda habitual de los deudores, comunicando lo siguiente:

Primero.- Finca objeto de la subasta.

Urbana: Número uno. Piso o vivienda, puerta A, en la planta o nivel uno del edificio sin número, situado en el paraje denominado Cerro del Castillo, calle Delfín, 14, del término de Gualchos (Granada), inscrita en el Registro de la Propiedad número dos de Motril, al tomo 1789, libro 172 de Gualchos, folio 206, finca número 4064.

Segundo.- Lugar de la celebración.

La subasta se celebrará en mi despacho notarial, sito en la calle Narciso González Cervera, 1, primera planta, de Motril (Granada).

Tercero.- Día y hora de la celebración.

La única subasta tendrá lugar a las doce horas del día doce de julio de dos mil doce.

Cuarto.- Tipo de la subasta.

El tipo que servirá de base para la subasta se fija en la suma de ciento cuarenta y dos mil ochocientos diecinueve euros y catorce céntimos (€ 142.819,14).

Quinto.- Consignaciones.

Todo licitador, excepto el acreedor ejecutante, para intervenir en la subasta deberá consignar previamente en esta Notaría (mediante cheque bancario a nombre del Notario antes indicado), o establecimiento destinado al efecto, una cantidad equivalente al treinta por ciento del tipo señalado en el apartado anterior.

Sexto.- Documentación.

La documentación y la certificación del Registro de la Propiedad a que se refieren los artículos 236.a y 236.b del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la propia Notaría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Séptimo.- Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

Octavo.- Adjudicación a calidad de ceder.

Solo la adjudicación o remate a favor del acreedor requirente, o el remate a favor de un acreedor titular de derecho inscrito con posterioridad a la hipoteca que grava la finca reseñada, podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Motril, 29 de mayo de 2012.- El Notario, don Emilio Cobo Ballesteros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid