El Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid anuncia:
1. Se declara, por auto de fecha 18/5/12 dejar sin efecto la Fase de Convenio del procedimiento concursal Voluntario Ordinario con número de autos 533/11 del deudor "Probayre, S.A.", con n.º de CIF: A-78521762 y con domicilio social en la C/ O'Donell, n.º 18, 5.º, 1 (Madrid).
2. Se deja sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de Acreedores para el día 11 de julio de 2012, a las 10:00 horas de su mañana en la Sala de Audiencias de este Juzgado.
3. Se abre, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC.
4. Durante la fase de liquidación quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.
5.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.
Madrid, 18 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.
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