Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante,
Por el presente hago saber: Que en estos autos de concurso de acreedores número 177/01 I se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es de este tenor literal:
Parte Dispositiva:
Primero.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Pulidos López, S.L., con CIF B03854759, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
Segundo.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación.
Tercero.- Se acuerda la disolución de Pulidos López, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia.
Cuarto.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 29 de febrero de 2012.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y a los restantes acreedores reconocidos, y désele la publicidad pertinente en los términos de los artículos 23 y 24 LC, y publicándose en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE de forma gratuíta en tanto no se cree el Registro Público Concursal.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo./a Sr./a D. Rafael Fuentes Devesa, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.
Firma del Magistrado-Juez Firma del Secretario.
Alicante, 3 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.
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