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Don Gonzalo López-Fando Santafé, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en Getafe,
Hago constar: Que se han iniciado, ante mí, los trámites para la venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la Entidad mercantil "Banco Español de Crédito, S.A.", contra doña Silvana Valencia Ortiz, don Jhon Jairo Zapata y don Jorge Andrés Valencia Ortiz, sobre la siguiente finca hipotecada:
Urbana. Vivienda sita en Getafe, calle Aragón, número 19, piso 3.º, puerta 4. Tiene una superficie de 59,40 metros cuadrados y se compone de vestíbulo, comedor, tres dormitorios, cocina, aseo y terrazas. Cuota de participación: 1,52 % del edificio al que pertenece, y de 6,53% de su portal. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Getafe, al tomo 1486, libro 719, folio 107, finca número 48818 (antes 50418), inscrita asimismo la hipoteca constituida a favor del demandante, en la inscripción 3.ª, y novada en virtud de la inscripción 4.ª
Referencia catastral: 9229602VK3692N0086ZY.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1.- La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en Getafe (Madrid), calle Cruz, número 4, 1.º C, el próximo día 13 de julio de 2012, a las 11 horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de 258.622 euros.
2.- Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la cuenta corriente número 0030-1234-61-0001231271, sucursal número 1234 del Banco Español de Crédito, en esta ciudad, calle Julián Daviñas, número 1.
4.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-A 236-B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.
5. - La subasta se efectuará en la forma que determina la legislación hipotecaria, y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios.
Getafe, 25 de mayo de 2012.- El Notario.
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