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Documento BOE-B-2012-19722

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 9 de junio de 2012, páginas 26649 a 26650 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-19722

TEXTO

Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, anuncia:

Doña Cristrina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber: que en el proceso conucursal número 460/11-C, seguido contra la mercantil Cerámica Conca, S.L., con C.I.F. n.º B03127537, y con domicilio en Avda. Alicante, n.º 9, 03410, Biar (Alicante), se dictó, de conformidad con el articulo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de:

1.º) Dar publicidad al auto de fecha 14/05/2012 por el que se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio y,

2.º) Dar publicidad al decreto de convocatoria de junta de acreedores de la misma fecha, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto

1.ª-Se declara la terminación de la fase común del concurso y se acuerda la apertura de la fase de convenio del concurso de Cerámica Conca, S.L.

2.ª-Procédase a formar la sección quinta del concurso.

3.ª-Procédase a convocar junta de acreedores.

Notifíquese al concursado, admon concursal y a las partes personadas e inscríbase en el Registro Mercantil, librándose al efecto el correspondiente mandamiento

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y os oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sen necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la audiencia provincial a interponer ante el juzgado en el plazo de 20 días y tendrá la consideración de apelación mas próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones plantea en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4.

Parte dispositiva del decreto

1).- Se convoca junta de acreedores que se celebrará el próximo 19 de octubre de 2012 a las 9:30 horas en la sala de audiencias de este juzgado

2) Los acreedores podrán adherirse a la propuesta de convenio en los términos del art 103 hasta el cierre del lista de asistentes. En caso de verificarse la adhesión mediante comparecencia ante la secretario de este juzgado deberá verificarse en miércoles de la semana, debiéndose aportar, en su caso, poderes en los cuales se acredite la facultad especial de poder adherirse al convenio, o en su caso, votar en contra.

Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico concursal y en el tablón de anuncios del Juzgado. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita.

Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este tribunal.

Alicante, 14 de mayo de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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