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Documento BOE-B-2012-19759

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 9 de junio de 2012, páginas 26687 a 26687 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-19759

TEXTO

Edicto

María Jesús Palmero Sandin, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Anuncia: Que en el procedimiento concursal 61/2011, referente al concursado Edil Viadana Madrid, S.L., con C.I.F. B-84333433, por auto de fecha 24 de mayo de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir la fase de liquidación de la mercantil Edil Viadana Madrid, S.L., formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C.

3. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto 1 anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este Tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito.

5. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución.

6. El oficio y edicto dirigido al B.O.E. así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán al/a la Procurador/a instante del concurso para su debida cumplimentación, quien deberá aportar a este Juzgado un ejemplar del B.O.E tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados.

7. En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan (original y 12 copias en papel o en soporte C.D. individualmente emblistado) para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C.

Madrid, 24 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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