Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia:
Que en el procedimiento concursal concurso voluntario ordinario número 1062/2006 referente al deudor Clínicas San Marcos, S.L., con CIF n.º B-37033735, mediante resolución firme dictada con esta fecha se ha decretado:
1. La conclusión del concurso de acreedores de la entidad Clínicas San Marcos, S.L. por dar finalizada la fase de liquidación por falta de activo realizable.
2. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3. Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme.
4. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Clínicas San Marcos, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.
5. Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal.
Salamanca, 29 de mayo de 2012.- El Secretario.
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