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Documento BOE-B-2012-20569

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 14 de junio de 2012, páginas 27737 a 27737 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-20569

TEXTO

Edicto

Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 363/2011, por Auto de 27 de febrero de 2012 se ha acordado, a instancias de la deudora, la apertura de la fase de liquidación, de la mercantil Lux Direct España, S.A.

2. Que se acuerda la suspensión, durante la fase de liquidación, de los administradores sociales en las facultades de administración y disposición, que serán íntegramente asumidas por los administradores concursales, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

3. Que se declara el cese de los administradores o liquidadores sociales -en su caso-, que serán sustituidos por la Administración concursal.

4. Que se declara disuelta la sociedad concursada si no estuviera ya acordada la misma.

5. Que se declara, junto a lo señalado en el Capítulo II del Título III de la LC, a fecha de la presente resolución, vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

6. Que se aprueba el plan de liquidación propuesto por la concursada en su escrito de solicitud de liquidación anticipada debiendo efectuarse el pago a los acreedores en el modo señalado en los arts. 154 y ss. de la LC, debiendo solicitarse y obtenerse autorización judicial para el pago a los acreedores con anterioridad a la resolución de los incidentes concursales.

7. Que se ordena a la Administración concursal que cada tres meses, a contar desde el Auto de apertura de la fase de Liquidación, presente a este Juzgado, un informe del estado de las operaciones liquidatorias, que quedará de manifiesto en Secretaría del Juzgado; con las sanciones dispuestas en la Ley.

8. Que se acuerda la apertura y formación de la Sección 6.ª, de calificación del concurso. Cualquier interesado podrá personarse y ser parte en dicha Sección dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones; alegando al tiempo cuanto estime relevante respecto a la calificación del concurso.

Madrid, 4 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

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