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Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:
Juzgado: Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edificio C, planta 12.ª
Número de Asunto: Concurso Voluntario 216/2012 4.ª
Tipo de Concurso: Voluntario.
Entidad Instante del Concurso y NIF: New Graphic, S.L., CIF núm. B58435496.
Fecha del Auto de Declaración: 23 de abril de 2012.
Administradores concursales: Don Joan Pujol García, con NIF núm. 52219014-K, domiciliada en C/ Sardenya, 229, S.A 4.ª, de Barcelona, como Abogado, con correo electrónico jpujol@icab.cat.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen el efecto sin necesidad de personarse.
Barcelona, 8 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.
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