El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:
Que ene el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 531/2005, en el que figura como deudor Maribel y la Extraña Familia, Eel Musical, S.L., con CIF n.º B-84152214, por auto de 19 de abril de 2012, se ha acordado la conclusión del concurso por inexistencia de bienes
Segundo.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y de disposición del deudor subsitentes.
Tercero.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso, si aparecen bienes o derechos ante este Juzgado en el mismo procedimiento y al solo objeto de la liquidación concursal. Por otro lado, el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare el nuevo concurso.
Cuarto.- Que la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas se le dará la publicidad prevista en el artículo 23.1 de la LC.
Madrid, 4 de mayo de 2012.- El/La Secretario Judicial.
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