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Documento BOE-B-2012-21416

VIGO

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2012, páginas 28943 a 28943 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-21416

TEXTO

Edicto

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra, con sede en Vigo, anuncia:

Que en la Sección V, Convenio número 102/2011, referente a la concursada Apartamentos Paseo Marítimo, Sociedad Limitada, por Sentencia 104/2012, de 31 de mayo, se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Aprobar la propuesta de convenio presentada por Apartamentos Paseo Marítimo, Sociedad Limitada, con fecha 9 de marzo de 2012, con el resultado de adhesiones que constan en el acta de la junta de acreedores de fecha 9 de mayo de 2012.

Segundo.- La eficacia del convenio aprobado se produce desde la fecha de la Sentencia que lo aprueba, con el contenido establecido en los artículos 133 a 136 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (Ley Concursal).

Tercero.- Cesan todos los efectos de la declaración de concurso quedando sustituidos por los que en su caso se establezcan en el propio convenio, y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la Ley Concursal.

Cuarto.- Cesan en su cargo los administradores concursales, estando obligados a rendir cuentas de su actuación en el plazo máximo de un mes desde la finalización de la fase de calificación.

Quinto.- Incoar la Sección sexta de calificación del presente concurso, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte dentro de los diez siguientes a la última publicación que se dé a la Sentencia 104/2012, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Vigo, 31 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

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