Yo, José Luis Melo Peña, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Castilla y León, con residencia en Burgos,
Hago saber: Que en mi notaría sita en Burgos, Plaza de España número 3, 3.º, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Finca urbana sita en BURGOS
Número seis.- Vivienda del piso segundo letra A de la casa número 1, al término del Sextil, barrio de Villafría. Tiene una superficie construida de sesenta y tres metros y tres decímetros cuadrados. Consta de hall, cuatro habitaciones, cocina, baño, pasillo y terraza. Linda: norte, con vivienda letra "B"; sur, con finca de Sebastián Quintanilla; este, con patio de luces interior; oeste, con calle particular de quince metros. Cuota. Le corresponde una cuota de participación de 4,75 por ciento, sobre el total del inmueble.
Referencia catastral: 8307404VM4980N0008FJ.
Inscripción: Está inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Burgos al tomo 3.975, libro 44, folio 36, finca registral 2.097, inscripción 14.ª
Procediendo la subasta de la finca se hacen saber sus condiciones:
1. Se señala la primera subasta para el día 19 de julio de 2012, a las 12,00 horas; de no haber postor o si resultare fallida, la segunda, para el día 29 de agosto de 2012, a las 12,00 horas; y la tercera subasta para el día 3 de octubre de 2012, a las 12,00 horas; y si hubiera pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el día 13 de octubre a las 12,00 H.
2. Todas las subastas se celebrarán en mi despacho profesional, en la Plaza de España número 3, 3.º de Burgos.
3. El tipo para la primera subasta es de ciento noventa mil seiscientos veintitrés euros (190.623 €); para la segunda, el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada; la tercera se hará sin sujeción a tipo.
4. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en mi Notaría, de lunes a viernes, de 10 a 14 horas; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.
5. Los licitadores deberán consignar previamente, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30 por ciento del tipo que corresponda en la primera y segunda subasta y en la tercera un 20 por ciento del tipo de la segunda, debiendo acreditar dicho ingreso con el correspondiente justificante de dicha entidad bancaria. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Burgos, 7 de junio de 2012.- El Notario, José Luis Melo Peña.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid