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Documento BOE-B-2012-21747

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 23 de junio de 2012, páginas 29403 a 29403 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-21747

TEXTO

Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en la sección 1.ª de declaración del concurso de los autos de concurso abreviado voluntario n.º 50/2012 se ha dictado en fecha 20 de junio de 2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Laguna Proyectos y Construcciones, S.L.U.", con CIF B-13300090, con domicilio social en calle Pintor Mendoza, n.º 76, de Valdepeñas (Ciudad Real), cuyos centros de intereses principales los tienen también en dicha localidad.

2.º Se ha acordado la mera intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio que seguirá ejerciendo la entidad deudora si bien que quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención del Administrador Concursal designado, mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administrador concursal a el Abogado, Jesús Fernández Bravo, Titulado Mercantil en ejercicio n.º 10.866, con domicilio en Av. Rey Santo, n.º 8, 6.º C, Ciudad Real, teléfono 926215578, y dirección electrónica señalada jesus@fernandezbravoauditores.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º La administración concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al Juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

Éstos, a su vez, podrán solicitar a la administración concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.).

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 20 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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