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Documento BOE-B-2012-22161

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2012, páginas 29928 a 29928 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-22161

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019 - 47 - 1 - 2012 - 8002069 y número 257/2012A se ha declarado el concurso voluntario de fecha 20/3/12 de Góndolas Madrid, S.L., con CIF número B78005238 y domicilio en calle Esparteros, 25, Leganés, Madrid, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es don Ignacio Marroquín Sagales, Letrado con domicilio en con Borí i Fontestà, 6, 5.º, 08021 de Barcelona y correo electrónico concursal@bufetemarroquin.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en calle Borí i Fontestà, 6, 5.º, 08021 de Barcelona, o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 20 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

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