Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 405/2012, por auto de fecha 8 de junio de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Antonio Abalos Chavarría, con DNI 50879789V, con domicilio en calle Primavera de Praga, número 3, 4.° B de Madrid.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.
Tercero.- Que se acuerda la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.° del artículo 176 Ley Concursal, con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial: a.- se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; b.-declarar la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Madrid, 8 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.
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