D. Joaquín López Hernández, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en El Ejido (Almería),
Hago constar: Que en esta Notaría, sita en calle Cervantes, 130, código postal 04700, se lleva a cabo venta extrajudicial por medio de subasta, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, a instancia de la Entidad "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", de la siguiente finca hipotecada:
Descripción: Vivienda en planta primera, puerta izquierda, que es el elemento número cuatro, de un edificio con planta baja y dos plantas, más dos viviendas por planta en calle sin nombre del Plan de Urbanización de El Ejido, hoy calle Córdoba, de ocho metros de anchura, orientado al Sur. De superficie de ciento catorce metros cuadrados, que linda: frente, vivienda descrita con el número tres, patio descubierto y caja de escaleras; derecha, Francisco Maldonado Aguilera; izquierda, calle de su situación, y fondo, Pedro Cara y María Padilla. Se compone de hall, cuatro dormitorios, comedor, cocina, despensa, baño y aseo. Le corresponde en los elementos comunes del edificio de que forma parte una cuota del veinte por ciento.
Registro de la Propiedad de El Ejido-2: Tomo 1.523, libro 665, folio 45, finca 35.059.
Referencia catastral. 6598405WF1669N0004ZG.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1.- La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en 04700-El Ejido, calle Cervantes, 130, el próximo día 31 de julio de 2012, a las once horas, al tipo del precio tasado en la escritura de constitución de la hipoteca, que es la cantidad de ciento treinta y seis mil setenta y cinco euros (136.075,00 euros).
2.- Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo, debiendo presentar el resguardo de haber efectuado el depósito en la Notaría.
3.- La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236-a y 236-b del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente, y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.
4. - La subasta se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.
El Ejido, 19 de junio de 2012.- Notario.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid